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Esto es lo que ganan alcaldes, gobernadores, diputados y concejales

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Cada persona electa, dependiendo de su cargo y la entidad a la que represente, ganará un sueldo mensual con topes fijados por ley.

Luego de realizadas las elecciones regionales, en las cuales se eligieron los nuevos alcaldes, gobernadores, concejales, ediles y diputados del país, puede causar curiosidad, como en gran parte de las jornadas de elección popular, cuánto van a ganar las personas que lleguen a estos cargos públicos.

Cuando se elige a un nuevo funcionario, muchas personas no dudan en consultar cuánto pueden entrar a recibir económicamente al asumir sus cargos.

Para el caso de gobernadores y alcaldes, su salario está regulado por el decreto 896 de 2023: «Por el cual se fijan los límites máximos salariales de los gobernadores, alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales y se dictan disposiciones en materia prestacional».

Categorías

Los montos varían según como se encuentre categorizada cada entidad territorial. El decreto, para este año, lo estableció de la siguiente manera:

-Segunda categoría: «todos aquellos departamentos con población comprendida entre trescientos noventa mil uno (390.001) y setecientos mil (700.000) habitantes y cuyos ingresos corrientes de libre destinación anuales sean iguales o superiores a ciento veintidós mil uno (122.001) y hasta de ciento setenta mil (170.000) salarios mínimos legales mensuales».

– Tercera categoría: «todos aquellos departamentos con población comprendida entre cien mil uno (100.001) y trescientos noventa mil (390.000) habitantes y cuyos recursos corrientes de libre destinación anuales sean superiores a sesenta mil uno (60.001) y hasta de ciento veintidós mil (122.000) salarios mínimos legales mensuales».

– Cuarta categoría: departamentos con población igual o inferior a los 100.000 y cuyos riesgos de libre destinación anual sean equivalentes o inferiores a 60.000 salarios mínimos.

Alcaldes y diputados

Teniendo en cuenta lo anterior, los alcaldes de las ciudades tendrán salarios que se encuentren dentro de los siguientes topes:

– Categoría especial: $21’497.207.

– Categoría primera: $18’214.842.

– Categoría segunda: $13’166.090.

– Categoría tercera: $10’561.303.

– Categoría cuarta: $8’834.972

– Categoría quinta: $7’115.556.

– Categoría sexta: $5’376.068.

En el caso de la Alcaldía de Bogotá, quien reemplace a la alcaldesa vigente, Claudia López, el salario mensual será superior a los $21’497.207.

Ediles

La Ley 2086 de 2021 establece que “los honorarios se establecerán por iniciativa de sus alcaldes y mediante acuerdo de sus Concejos municipales, hasta por dos Unidades de Valor Tributario (UVT), por asistencia a las sesiones plenarias y a comisiones», es decir, que la remuneración dependerá de lo que determine cada alcalde y concejo municipal.Según la actualización del UVT para el presente año, esta corresponde a $42.142 pesos, lo que significa que hay que multiplicar el valor de dos UVT por el número de sesiones a las que asista.

Gobernadores

– Categoría especial: $18′755.197.

– Primera categoría: $15′891.504.

– Segunda categoría: $15′280.293.

– Tercera categoría: $13.147.740.

– Cuarta categoría: $13.147.740.

Para el caso de los gobernadores, la asamblea departamental será la que tendrá la última palabra para fijar el salario del gobernador, respetando el tope que le corresponda a la entidad territorial que represente.

Concejales

Según establece la Ley 2075 de 2021, los concejales, aquellos que representan a los ciudadanos en los municipios, devengan de acuerdo a los siguientes topes:

– Categoría especial: $516.604.

– Categoría primera: $437.723.

– Categoría segunda: $316.394.

– Categoría tercera: $253.797.

– Categoría cuarta: $212.312.

– Categoría quinta: $212.312.

– Categoría sexta: $212.312.

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