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Senado aprueba más del 60 % de la reforma pensional

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Plenaria del Senado de la República aprueba 31 de los 94 artículos de reforma pensional.

Este miércoles, 17 de abril del 2024, el Senado de la República reanudó el segundo debate de la reforma pensional de Colombia.

El debate inició con la votación de un bloque de tres artículos: 5, 8 y 9. Allí se contemplan los deberes del Estado dentro del sistema. Además de los deberes y derechos de los afiliados.

Este fue aprobado con una votación de 48 por el sí y 20 por el no.

Es de mencionar que esto se da luego de que el martes, se aprobaran 28 de los 94 artículos de la reforma pensional de Colombia. Con estos tres la suma es de 31.

Cabe resaltar que este es el segundo de cuatro debates que debe surtir el articulado. Luego de este trámite en el Senado de la república, deberá pasar a la Comisión Séptima y luego a la plenaria de la Cámara de Representantes.

Sí se aprueban todos pasaría a sanción presidencial. Esto se deberá dar antes del próximo 20 de junio del 2024, día en el finaliza la legislatura.

Más artículos aprobados de la reforma pensional de Colombia

Luego de un debate amplío del artículo 36 que propone el beneficio de semanas para mujeres con hijos. Se aprobó el numeral con una proposición del Senador Honorio Henríquez del Partido Centro Democrático. Con la cual se les disminuirán las semanas de cotización para las mujeres que tengan hasta tres hijos, es decir, hasta 150 como máximo.

Sobre las 2:45 p.m. la plenaria del Senado de la República aprobó cuatro nuevos artículos. Dentro de estos se encuentran: 15, 38, 39 y 94. Los puntos aprobados proponen un reajuste de las prestaciones y pensiones, el reconocimiento y los requisitos de la pensión familiar, la vigencia y el artículo que deroga las normas anteriores.

Así las cosas, la corporación ya ha aprobado 36 artículos del proyecto de ley.

Al avanzar el debate, se sometió a votación otro grupo de artículos: 27, 28 y 29. Estos proponen: la cotización por periodos inferiores a un mes, por días o semanas, la base de cotización mínima semanal y el porcentaje.

Pasadas las 3:00 p.m. se votó y aprobó el artículo 22 que determina el ingreso base de cotización en el sistema de protección social integral para la vejez.

Luego obtuvo luz verde el artículo 67 el cual propone los requerimientos para la celebración de contratos para el recaudo y la transferencia de recursos.

Ad- portas de que la plenaria llegara al 40 % de aprobación de la reforma pensional el segundo debate, se aprobó un bloque de tres artículos: 6, 71 y 78.

Estos incluyen: deberes de las administradoras, el objetivo de Colpensiones como la administradora colombiana de pensiones y la estructuración del sistema de información para la protección para la vejez.

Cerca de las 4:20 p.m. se aprobó el artículo 43 que anuncia el monto de la pensión contributiva de invalidez.

Luego de un receso y sobre las 6:50 p.m. la plenaria sometió a discusión un nuevo bloque de siete artículos: 11, 18, 63, 64, 65, 70 y 72.

Este bloque propone: la naturaleza de los recursos del sistema de pensiones, las características del pilar semicontributivo, la inversión de los recursos, rentabilidad mínima y reserva de estabilización de los rendimientos, sanciones a las administradoras y las funciones adicionales de Colpensiones. Este fue aprobado.

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